Política de Tratamiento de Datos

EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COPROCENVA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO, CONSIDERANDO

Que el Artículo 151 de la Constitución Política de Colombia protege los derechos fundamentales a la intimidad, buen nombre y al habeas data, y de esta disposición constitucional, se desprenden las
demás normas que reglamentan la protección de datos en Colombia, siendo ellas la Ley 1266 de 20082 y la Ley 1581 de 20123.

Que la Ley Estatutaria 1581 del 17 de octubre de 2012 establece las condiciones mínimas para realizar tratamiento legítimo de los datos personales de cualquier persona natural que entregue su
información a personas naturales o jurídicas que en el ejercicio de sus actividades económicas los requieran, como es el caso de las actividades realizadas en COPROCENVA.

Que la citada norma se acompaña de sus decretos reglamentarios (1377 de 2013 y 886 de 2014) los cuales integran el sistema jurídico, e imponen diversas obligaciones a entidades que como COPROCENVA, tratan datos personales y que en virtud de ello adquieren la calidad de responsables del tratamiento.

Que COPROCENVA en su calidad de responsable, como los encargados del tratamiento de datos - entiéndase proveedores y terceros que prestan servicios a la cooperativa- cumplirán las normas citadas, y estarán en proceso de mejora continua para que las operaciones internas que se ejecutan respeten la privacidad de las personas.

Ver documentos de política de tratamiento de datos personales

 

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